Contraloría
Órgano Interno de Control de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Es el Órgano Autónomo que tiene encomendada la función de control y vigilancia de los servidores públicos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí, para lo cual contará con autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su funcionamiento.
Titular del Órgano Interno de Control
C.P. María Eugenia Padrón García
Designada por el Congreso del Estado como Contralor Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí para el periodo 2019-2023. Licenciado en Contaduría Pública por la Universidad Autonomía de San Luis Potosí. Estudió en Texas A&M International University certificación-ESL. Certificación en Business Administration con Associate Degree in Applied Accounting por LCC del Estado de Texas, USA. Estudios realizados mediante Becas South Texas Outreach Foundation, LBV Giftes Scholars Scholarxhip (Honors), y Hastings D&G Endow. Laboró como Asesor Independiente de reingeniería contable y financiera. Contador de la Banca corporativa de Laredo Federal Credit Union de Laredo, Tx. Contador de la firma R. Rodriguez Managing Edge. Contador General de la empresa H&K de México, S.A de C.V. Coordinador de Promotoría de los planes y programas de capacitación de Cámara Nacional de la Industria de la Construcción. Miembro de Texas Association of Chicanos in Higer Education (TACHE).
La Contraloría Interna cuenta con las siguientes atribuciones:
I. Planear, programar, organizar y coordinar el sistema de control y evaluación.
II. Fiscalizar el ingreso y gasto público, así como su congruencia con el presupuesto de egresos.
III. Establecer la calendarización y las bases generales reglamentarias para la realización de auditorías internas e inspecciones.
IV. Participar en la entrega recepción de las unidades administrativas.
V. Dictaminar los estados financieros de la Dirección de Administración, y verificar que los informes sean remitidos en tiempo a la Comisión.
VI. Participar en la elaboración y actualización de los inventarios generales de bienes muebles e inmuebles de la Comisión.
VII. Informar oportunamente a los servidores públicos acerca de la obligación de manifestar sus bienes, verificando que tal declaración se presente en los términos de ley.
VIII. Vigilar el cumplimiento de las normas y disposiciones sobre el registro, contabilidad, contratación y pago de personal; contratación de servicios, adquisiciones, obra, enajenaciones, arrendamientos, usos y conservación del patrimonio de la Comisión, en su caso.